Se trata de una línea de préstamos participativos dirigidos al crecimiento de empresas innovadoras o con proyectos novedosos.

Desde el 14 del pasado mes de octubre, y hasta final de año (salvo que con carácter previo se hubiera agotado el presupuesto de la Convocatoria), las PYMES que revistan forma de sociedades mercantiles, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, a excepción de las excluidas expresamente, pueden solictar la concesión de préstamos préstamos participativos a empresas innovadoras o con proyectos novedosos de reciente creación para favorecer el crecimiento y la consolidación de estas empresas, como medida para impulsar el desarrollo económico y la creación de empleo en la Región de Murcia

Presentación: Los interesados deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del INFO mediante presentación telemática de solicitudes y documentación complementaria, conforme al modelo que se encontrará en el apartado de préstamos de la dirección de Internet: https://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/

Quedan excluidas de esta convocatoria las empresas dedicadas a:

  1. La fabricación de armamento, armas y munición, el material o las infraestructuras militares o policiales y el material o las infraestructuras destinados a limitar los derechos individuales o la libertad de las personas (es decir, cárceles y centros de detención de todo tipo) o que violen los derechos humanos;
  2. Los juegos de azar y el material correspondiente;
  3. La fabricación, la transformación o la distribución de tabaco;
  4. Las actividades que implican la utilización de animales vivos con fines experimentales científicos en la medida en que no se pueda garantizar el cumplimiento del “Convenio europeo sobre protección de los animales vertebrados utilizados con fines experimentales y otros fines científicos”;
  5. Las actividades cuyo impacto sobre el medio ambiente sólo puede ser atenuado o compensado en muy escasa medida (consultar también la sección 3 sobre la conformidad con las directivas de la UE y las leyes nacionales sobre el medioambiente);
  6. Las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional, por ejemplo la investigación sobre la clonación de seres humanos;
  7. Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria;
  8. Las actividades meramente financieras, por ejemplo el comercio con instrumentos financieros.
  9. La pesca y acuicultura, a la producción primaria de los productos agrícolas, y la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera concedida a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte por mercancías por carretera, previstas en el artículo 1 del Reglamento (CE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de minimis, publicado en el DOUE núm. 352 de 24 de diciembre de 2013.
  10. Las actividades relacionadas con la exportación, en concreto, aquellas ayudas directamente asociadas a las cantidades exportadas, las relacionadas con el establecimiento y funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos corrientes derivados de la actividad exportadora, así como las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en detrimento de los importados.

La relación de CNAES excluidos, en Anexo.

Si una empresa opera en alguno de los sectores de actividad excluidos, y también en otros distintos, esta podrá recibir financiación al amparo de este Acuerdo para éstos, siempre que sea posible garantizar mediante la separación de actividades y la distinción de costes, que las actividades de los sectores excluidos no se beneficien, de ningún modo, de la financiación que pueda recibir por las actividades no excluidas.

Quedan expresamente excluidos las personas físicas (autónomos), SC, CB, así como cualquier otra agrupación de personas físicas carentes de personalidad jurídica.

Las empresas deberán tener al menos un centro de trabajo en la Región de Murcia, y el proyecto financiado por el préstamo otorgado deberá realizarse en los centros de trabajo sitos en la Región.

La antigüedad máxima de la empresa, en el momento de presentación de la solicitud, no podrá exceder los 3 años desde la fecha de su constitución.

La empresa deberá tener patrimonio neto positivo y volumen de facturación durante al menos 6 meses desde la fecha de constitución.

Las sociedades financieras de cartera cuya única actividad económica sea poseer o gestionar una cartera de participaciones y/o inversiones en otras empresas, y las sociedades de leasing vinculadas a determinados fabricantes no serán elegibles.

No podrán tener la consideración de beneficiarios las empresas en situación de crisis, según la definición establecida en el art. 2.18 Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y especialmente las que se encuentren incursas en un procedimiento de concurso de acreedores o reúnan los requisitos para que un acreedor pueda instar el concurso necesario.

Proyectos y actuaciones financiables.

  1. Serán financiables los proyectos, comprendidos en un plan de negocio o proyecto empresarial, dirigidos al crecimiento de empresas innovadoras o con proyectos novedosos.
  1. El proyecto debe reunir características innovadoras. Es decir, el producto o servicio que desarrolle u oferte la empresa deben ser nuevos en el mercado o representar, respecto a lo ya existente, una novedad en sus características o en el uso a que se destina. También tiene la consideración de proyecto innovador aquél que se implante o desarrolle en la propia empresa y que representen modelos de gestión empresarial nuevos o diferenciados, no considerando elegible a una empresa cuyos productos o servicios no presenten diferenciación significativa frente a una mayoría de competidores, o cuyos modelos de gestión se apliquen de forma generalizada entre dichos competidores. Especial relevancia tendrán aquellas empresas que operen en sectores tecnológicos emergentes avanzados, identificados por la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la especialización inteligente (RIS3) de Murcia.
  1. Los gastos financiados deberán ser contratados y pagados directamente entre el beneficiario del préstamo y el proveedor final. Los proveedores no podrán estar vinculados con la entidad solicitante o con los miembros de sus órganos directivos o gestores.
  1. Las inversiones y los gastos que se pueden financiar con el préstamo participativo serán los efectivamente realizados por los beneficiarios contemplados en el proyecto aprobado en la resolución de concesión, y se considerarán financiables las siguientes partidas:

a) La adquisición, renovación o ampliación de activos tangibles que no sean terrenos.

b) Activos intangibles, entre los que se puede incluir:

– Las aplicaciones informáticas y adquisiciones de propiedad intelectual e industrial, incluyendo licencias de fabricación o de conocimientos técnicos siempre que reúnan los requisitos: (i) sean explotados exclusivamente en el establecimiento objeto del préstamo, (ii) se consideren elementos del activo amortizable, (iii) sean adquiridos a terceros en condiciones de mercado, y (iv) figuren en el activo de la empresa.

– Los gastos de I+D incluyendo honorarios, gastos de desarrollo y salarios brutos directamente relacionados con los componentes de investigación, desarrollo e innovación.

c) Las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo tal y como se define a continuación.

La financiación objeto de esta Línea se puede utilizar para proporcionar una base de capital circulante estable que permita a los beneficiarios finales financiar las obligaciones derivadas de su ciclo comercial, como parte de sus actividades normales. Las categorías financiadas pueden incluir, entre otras, los fondos necesarios para pagar materias primas y otros insumos de fabricación, mano de obra, inventarios y costes indirectos, y los fondos para financiar cuentas de clientes por cobrar (cuentas de clientes por ventas y prestaciones de servicios y otros deudores). Se incluirá en las necesidades de capital circulante los gastos asociados al Plan de internacionalización de las empresas para la apertura de nuevos mercados o introducción de nuevos productos en mercados internacionales ya existentes y al desarrollo del plan de marketing y ventas.

Plazo realización actuaciones: El proyecto y los costes aprobados contenidos en el Plan de negocio presentado podrán ejecutarse desde 3 meses antes de la fecha de solicitud del préstamo y hasta un máximo de tres años a contar desde la fecha de solicitud del préstamo.

Presupuesto mínimo: El proyecto y coste elegible aprobado no podrá ser inferior a 25.000 €.

Características de la financiación: La financiación se instrumenta a través de préstamos participativos y el importe máximo del préstamo podrá alcanzar el 100 % de los costes elegibles del proyecto con un importe mínimo de financiación por beneficiario de 25.000 € y un máximo de 300.000 €.

Plazo de amortización: 6 años máximos, incluyendo un periodo de carencia de hasta el 50% del plazo total, con un máximo de 2 años. El plazo mínimo de concesión del préstamo será de 2 años.

Tipo de interés: Euribor + diferencial (hasta 4%)

SECTORES EXCLUÍDOS LÍNEA EMPRENDIA

COD_CNAE2009 DESCRIPCIÓN
0111 Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas
0112 Cultivo de arroz
0113 Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
0114 Cultivo de caña de azúcar
0115 Cultivo de tabaco
0116 Cultivo de plantas para fibras textiles
0119 Otros cultivos no perennes
0121 Cultivo de la vid
0122 Cultivo de frutos tropicales y subtropicales
0123 Cultivo de cítricos
0124 Cultivo de frutos con hueso y pepitas
0125

Cultivo de otros árboles y arbustos frutales y frutos secos

0126 Cultivo de frutos oleaginosos
0127 Cultivo de plantas para bebidas
0128 Cultivo de especias, plantas aromáticas, medicinales y farmacéuticas
0129 Otros cultivos perennes
0130 Propagación de plantas
0141 Explotación de ganado bovino para la producción de leche
0142 Explotación de otro ganado bovino y búfalos
0143 Explotación de caballos y otros equinos
0144 Explotación de camellos y otros camélidos
0145 Explotación de ganado ovino y caprino
0146 Explotación de ganado porcino
0147 Avicultura
0149 Otras explotaciones de ganado
0150 Producción agrícola combinada con la producción ganadera
0170 Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas
0210 Silvicultura y otras actividades forestales
0220 Explotación de la madera
0230 Recolección de productos silvestres, excepto madera
0311 Pesca marina
0312 Pesca en agua dulce
0321 Acuicultura marina
0322 Acuicultura en agua dulce
0510 Extracción de antracita y hulla
0520 Extracción de lignito
0610 Extracción de crudo de petróleo
0620 Extracción de gas natural
0710 Extracción de minerales de hierro
0721 Extracción de minerales de uranio y torio
0729 Extracción de otros minerales metálicos no férreos
0891 Extracción de minerales para productos químicos y fertilizantes
0892 Extracción de turba
0893 Extracción de sal
0899 Otras industrias extractivas n.c.o.p.
0910 Actividades de apoyo a la extracción de petróleo y gas natural
0990 Actividades de apoyo a otras industrias extractivas
1200 Industria del tabaco
1910 Coquerías
1920 Refino de petróleo
2015 Fabricación de fertilizantes y compuestos nitrogenados
2051 Fabricación de explosivos
2446 Procesamiento de combustibles nucleares
2540 Fabricación de armas y municiones
3030 Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria
3040 Fabricación de vehículos militares de combate
3812 Recogida de residuos peligrosos
3821 Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos
3822 Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos
4110 Promoción inmobiliaria
4635 Comercio al por mayor de productos del tabaco
4726 Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados
4950 Transporte por tubería
5122 Transporte espacial
5221 Actividades anexas al transporte terrestre
5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
5223 Actividades anexas al transporte aéreo
6411 Banco central
6419 Otra intermediación monetaria
6420 Actividades de las sociedades holding
6430 Inversión colectiva, fondos y entidades financieras similares
6491 Arrendamiento financiero
6492 Otras actividades crediticias
6499 Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p. 6511 Seguros de vida
6512 Seguros distintos de los seguros de vida
6520 Reaseguros
6530 Fondos de pensiones
6611 Administración de mercados financieros
6612 Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos
6619 Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones
6621 Evaluación de riesgos y daños
6622 Actividades de agentes y corredores de seguros
6629 Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones
6630 Actividades de gestión de fondos
6810 Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
6820 Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
6831 Agentes de la propiedad inmobiliaria
6832 Gestión y administración de la propiedad inmobiliaria
8411 Actividades generales de la Administración Pública
8412 Regulación de las actividades sanitarias, educativas y culturales y otros servicios sociales, excepto Seguridad Social
8413 Regulación de la actividad económica y contribución a su mayor eficiencia
8421 Asuntos exteriores
8422 Defensa
8423 Justicia
8424 Orden público y seguridad
8430 Seguridad Social obligatoria
9200 Actividades de juegos de azar y apuestas
9411 Actividades de organizaciones empresariales y patronales
9412 Actividades de organizaciones profesionales
9420 Actividades sindicales
9491 Actividades de organizaciones religiosas
9492 Actividades de organizaciones políticas
9499 Otras actividades asociativas n.c.o.p.
9700 Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico
9810 Actividades de los hogares como productores de bienes para uso propio
9820 Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio
9900 Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales

 

Enlaces:

Bases: Acdo 21-07-2016 (BORM 19-09-2016). INFO e ICREF

Extracto convocatoria: Rsl 07-10-16 (BORM 13-10-2016)

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