Hacienda publicó el pasado 23 de febrero la Resolución de la Dirección General de la AEAT, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2016, es decir, las instrucciones para las inspecciones tributarias.

En este plan queda patente la intención del Ministerio de Hacienda de actuar en tres campos:

  • La economía sumergida
  • La investigación de patrimonios
  • La generación de rentas en el extranjero

De esta manera, y más concretamente, el Ministerio atacará con dureza:

  1. La falta de declaraciones de no residentes fiscales o residentes con intereses en el extranjero,
  2. Aquellos que no declaran nada,
  3. Los que trabajan con dinero en efectivo
  4. Los grandes grupos de empresas que se venden entre ellas por precios sin margen de beneficio.
  5. Los dueños de inmuebles que alquilan por internet de forma opaca.

En lo que más dureza se prevé que se actúe es a aquellos que sistemáticamente no pagan las facturas y eluden su responsabilidad acogiéndose a la insolvencia y al vaciamiento patrimonial, algo totalmente compatible con la ya en vigor “segunda oportunidad” que tiene su propia Ley.
Por último, se intensifica la lucha contra el fraude en la gestión recaudatoria, mediante la extensión de las actuaciones de gestión de cobro de la deuda pendiente a un mayor número de contribuyentes, a través de la derivación de responsabilidad y del aseguramiento del cobro efectivo de las deudas.

Las líneas de actuación serán:
1.-Control de la economía sumergida.
A empresas que en su operativa ordinaria manejen o grandes cantidades de efectivo o simplemente la mayor parte de su negocio se realice con transacciones en efectivo .Se incluyen aquí tanto los negocios que venden directamente al consumidor final como empresas que participan en la cadena de distribución a otras empresas dedicadas a la venta al público.
Visitas para analizar la facturación y medios de pago, para verificar el cumplimiento de la limitación a 2.500 euros del pago en efectivo, de acuerdo con la Ley 7/2012, de 29 de octubre.
Seguimiento importante a aquellos particulares que ofrecen viviendas por internet sin declararlas, así como empresas turísticas que no cumplen bien con sus obligaciones fiscales.
2.-La investigación de patrimonios y rentas en el exterior.
Inspecciones relacionadas con el modelo 720, tanto sancionar por su no presentación como buscar indicios de ocultación de bienes, hasta la falta de consistencia entre la declaración y el resto de información disponible sobre la situación tributaria y patrimonial del contribuyente.
3.-Control de la economía digital.
Delimitación de protocolos de actuación tanto en empresas que realizan comercio electrónico como en aquellas que alojan sus datos en la nube.
Actuaciones de comprobación sobre la tributación de aquellos negocios que operan a través de la red, así como de los beneficios obtenidos por las empresas que publicitan bienes y servicios en internet.
Sistematización de información de operadores considerados de riesgo como, por ejemplo, los nombres de sus dominios y los indicadores de su condición de anunciante.
4.-Ampliación de la gestión recaudatoria.
Gestión de la deuda pendiente de cobro sobre un mayor número de contribuyentes, impulsando las derivaciones de responsabilidad y, vestidos de novia en su caso, las acciones judiciales oportunas para combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial y los supuestos de insolvencia punible.
Agilización de la gestión recaudatoria en los casos de existencia de indicios de delito fiscal y contrabando.
Se refuerzan medidas cautelares para afianzar el cobro de deudas.
Intensificación de las investigaciones de movimientos financieros y la agilización de la gestión tanto de las deudas en fase de embargo como de aquellas afectadas por procesos concursales.
5.-Otras medidas de Control sobre el fraude fiscal.
Utilización improcedente de empresas para declarar ingresos de personas físicas, de actividades profesionales y seguimiento de los signos externos de riqueza a los efectos de detectar ingresos no declarados.
Control sobre la emisión de facturas irregulares y existencia de tramas de fraude organizado en el IVA.
Control de rentas declaradas exentas que suponen gasto fiscalmente deducible en los pagadores.

En Aseryde te ofrecemos la posibilidad de contratar nuestros servicios fiscales que incluyen, en caso de necesitarlo, la asistencia en Inspecciones de Hacienda.

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