El pleno extraordinario celebrado ayer en la Cámara Baja ha dado luz verde al Real Decreto por el que se extiende la cobertura del cese de actividad a todo el colectivo y se libera del pago de las cuotas a los trabajadores del RETA en situación de baja laboral más de 61 días. También se ha aprobado el Real Decreto que prorroga los topes de 250.000 y 150.000 euros a quienes tributan por el sistema de estimación objetiva. Ambos se tramitarán como Proyecto de Ley.

El Congreso de los Diputados dio ayer luz verde a dos Reales Decretos Ley (RD) que afectan de pleno al colectivo de autónomos: el que mejora la protección social del colectivo con la universalización de la cotización por cese de actividad y el que prorroga los límites de módulos. Ambos se tramitarán como Proyecto de Ley, lo que implica que las medidas aprobadas deberían salir mejoradas gracias a que los grupos tienen la posibilidad de presentar enmiendas. Además, al ser por procedimiento de urgencia, el texto definitivo estaría listo antes del mes de mayo, ya que el periodo de tramitación será de entre dos meses y medio y tres meses, la mitad del tiempo que se tarda en los procedimientos ordinarios.

El primero de ellos, el Real Decreto para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, aprobado en Consejo de Ministros el pasado 28 de diciembre, amplía la protección social de los autónomos al incorporar “de forma obligatoria” la cotización por contingencias antes voluntarias, tales como el cese de actividad y las contingencias profesionales.

En el caso del conocido como “paro” de los autónomos se duplica la cobertura hasta los dos años, el doble de lo vigente hasta el momento. Además, con la recaudación prevista por este concepto que el Gobierno fija en 322 millones de euros en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado, se abonarán las cuotas de aquellos autónomos en situación de baja por enfermedad a partir del 61 día, novedad que también se incluye. Para ello el Ejecutivo de Sánchez ha dispuesto una partida de 105 millones de euros.

El citado Real Decreto recoge asimismo el aumento del 22,3% de las bases mínimas de cotización por el incremento del Salario Mínimo Interprofesional hasta los 12.600 euros al año (900 mensuales calculado en 14 pagas). Porcentaje que no se trasladará a los 2,9 millones de autónomos que cotizan por la base mínima. Para éstos la revisión se limita al 1,25%, fijándose en 944,40 euros cada mes, durante 2019. Beneficios de cotización que, en palabras de la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, se incorporan para estimular la entrada en el sistema de los emprendedores,» los autónomos son una pieza fundamental del mercado de trabajo”, aseveró.

Una subida provisional

No obstante, tal y como cita el Real Decreto y ha recordado la propia Valerio, esta subida será provisional “en tanto se procede a modificar de modo sustancial la forma en que se determina la cotización en este régimen especial de la Seguridad Social, que se efectúa en función de las bases elegidas por los interesados y que, tras la anunciada modificación, va a estar determinada por el importe de los ingresos realmente percibidos, en concordancia con lo previsto al efecto en el Régimen General de la Seguridad Social”.

Cuestión que se debatirá por un lado en las mesas de diálogo con las asociaciones representativas del colectivo, y por otro en la Subcomisión para la Reforma del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Cabe destacar en este punto que es la primera vez que las bases de cotización del colectivo está por debajo de las de los trabajadores del Régimen General, que oscilan entre los 1.050 y 1.466,40 euros mensuales.

Respecto a los autónomos societarios y aquellos que durante el pasado año 2018 hayan tenido contratado a 10 o más trabajadores por cuenta ajena la base de cotización se 1.214,10 euros mensuales.

Los que no se librarán de la misma subida que se aplicará a los asalariados, son los trabajadores autónomos que cotizan por la base máxima. Ésta se eleva un 7%, alcanzando los 2.077,80 euros mensuales.

Revisión de la tarifa plana

Por otra parte se procede a la revisión de la Tarifa Plana, que pasa de 50 a 60 euros y se extiende a los autónomos del sector agrario. El Real Decreto permite a su vez que las madres autónomas que retomen su actividad tras la maternidad se acojan a la citada tarifa plana de 60 euros durante los 24 meses siguientes a la reincorporación.

Asimismo, se reconoce la devolución de oficio del 50% del exceso de cotización de los autónomos en régimen de pluriactividad.
Igualmente se producen avances en los autónomos con discapacidad sobrevenida de más del 33% que podrán acceder al marco de incentivos y apoyo al empleo.

Para la Ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, estas “medidas suponen el fortalecimiento de la protección social y la mejora de la acción protectora del Régimen Espercial de Trabajadores Autónomos”. Además tienen como objetivo “avanzar en mejora del equilibrio de ingresos y gastos del sistema desde todas las perspectivas: financiera económica y social”.

Pensiones

En materia de pensiones el Real Decreto Ley convalidado hoy en el Pleno extraordinario recoge la subida del 3% para quienes estén percibiendo la prestación mínima y del 1,6% para el resto. En este sentido la ministra ha recalcado que las 10,3 millones de pensiones públicas “subirán por encima del coste de la vida”. Siendo su aprobación de “suma trascendencia para pensionistas su situación va a mejorar en términos cuantitativos y cualitativos”.

Cabe recordar que a finales del mes de marzo el Gobierno abonará una «paguilla» de 13 euros a los pensionistas con la que se compensará la diferencia de una décima entre el incremento del IPC prevista en el 1,6% y el real a cierre de 2018, que fue del 1,7%. Medida que costará al Ejecutivo 127 millones de euros.

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