Los presupuestos generales del estado 2022 introduce un nuevo tipo mínimo del Impuesto sobre Sociedades que se fijará en un 15% sobre la base imponible, una medida que se ha justificado desde el gobierno por la necesidad de armonizar el impuesto sobre sociedades que, para el año 2023, se aplicará en 136 países. El objetivo es conseguir que las multinacionales tributen en consonancia a sus beneficios en toda la UE.
¿A qué empresas afectará el nuevo tipo mínimo del impuesto sobre el impuesto de sociedades?
En España, este nuevo tipo mínimo del impuesto sobre sociedades solo afectará a grupos consolidados y empresas que facturen, como mínimo, 20 millones de euros al año, con lo cual, únicamente afectará al 1% del tejido empresarial español.
Actualmente, el tipo medio efectivo que pagan este tipo de empresas en España se sitúa en el 21,5% sobre la base imponible, según lo recogido en las estadísticas de Cuentas anuales consolidadas del IS publicado por la Agencia Tributaria relativo al ejercicio económico del 2018.
Justificación
Debido a que este tipo mínimo del Impuesto sobre Sociedades afectará a aquellas empresas que facturen más de 20 millones anuales, se prevé que pueda afectar a los gigantes tecnológicos tales como Facebook o Google, ya que, recordemos, muchas de estas compañías tienen su sede en Irlanda, donde tributan a un tipo del 12,5%, el más bajo de toda Europa.
Dado que Irlanda se ha adherido a esta propuesta, el tipo del Impuesto pasará a incrementarse hasta el 15%, pasando así a tener el mismo tipo mínimo del impuesto sobre sociedades que el resto de países de la UE.
Con esta medida, se pretende reestructurar la tributación de las multinacionales tecnológicas en este país para distribuir así la recaudación impositiva a lo largo de todo el continente.
Con esta medida se espera aportar a las arcas del estado unos 400 millones de euros para el año 2023.
Reforma necesaria del Impuesto Sobre Sociedades
La actual ministra María Jesús Montero defiende una reforma urgente del Impuesto sobre Sociedades, el principal motivo, los créditos fiscales (pérdidas pendientes de compensar de ejercicios anteriores), pues no se establece un límite de tiempo para efectuar la compensación, como ocurre con otros impuestos.
Además, recuerda que el impuesto recauda la mitad que hace 15 años, con lo que se espera una reforma fiscal con especial atención a este impuesto.
Como siempre, tocará esperar unos años para conocer el impacto de esta medida ya que en muchas ocasiones las estimaciones difieren de los datos reales.