Se aplicará en el caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado una resolución ( PDF de la resolución, AQUÍ) en la que se constata la creación de una Reserva de Asistencia Social. Dicha acción tiene como finalidad financiar acciones que tenga que llevar a cabo el autónomo a causa de una consecuencia de una contingencia profesional.
Es decir, a causa de un accidente laboral que genere algún tipo de inconveniente que le impida continuar con su labor profesional tras el accidente. Dentro de las medidas, se encuentran algunas específicas para los trabajadores autónomos.
Adaptar el local donde trabaja el autónomo
La prestación se titula “Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad”, y va encaminada a ayudar a que el trabajador accidentado pueda sufragar los gastos que deberán suprimir barreras y adaptar ese lugar de trabajo a las nuevas necesidades surgidas a causa del accidente laboral o enfermedad profesional.
¿Pero quién concederá estas prestaciones?
Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, y lo harán a través de las Comisiones de Prestaciones Especiales, que tramitarán un expediente.
En el expediente deberá constar un informe del servicio médico de la mutua colaboradora o de los servicios sociales que correspondan, así como un parte del accidente de trabajo o enfermedad profesional, la resolución de la entidad gestora o la sentencia judicial firme en la que se aclare el carácter profesional de la contingencia.
Serán estas organizaciones, por lo tanto, las que determinen el porcentaje de los gastos que obtendrá el profesional autónomo para poder ayudarle a sufragarlos. El acceso a las prestaciones complementarias, según el BOE, requerirá que el beneficiario aporte las facturas y/o los documentos que los gastos destinados a estos fines.