El Tribunal Supremo ha aclarado los límites del despido objetivo por ineptitud sobrevenida, recordando que la empresa debe acreditar haber intentado previamente adaptar el puesto de trabajo o recolocar al trabajador antes de extinguir el contrato. La falta de estas actuaciones puede derivar en la declaración de despido improcedente.
Qué es la ineptitud sobrevenida y cuándo puede justificar un despido
La ineptitud sobrevenida, regulada en el artículo 52.a) del Estatuto de los Trabajadores, se produce cuando una persona trabajadora pierde la capacidad para desempeñar su puesto tras haber sido apta inicialmente.
Esta situación suele venir respaldada por informes de los servicios de prevención, que deben detallar las limitaciones concretas del trabajador y su impacto en las funciones del puesto, sin limitarse a una simple declaración genérica de “no apto”.
El Tribunal Supremo recuerda que este tipo de despido no puede basarse únicamente en ese informe, sino que debe ir acompañado de una justificación suficiente y de otras pruebas que acrediten la imposibilidad real de continuar la relación laboral.
La clave: adaptación del puesto o recolocación previa
El elemento central de la sentencia es claro: antes de despedir, la empresa está obligada a intentar mantener el empleo del trabajador.
Esto implica que debe demostrar que ha realizado alguna de estas actuaciones:
- Adaptar el puesto de trabajo a las nuevas capacidades del trabajador
- Ofrecer un puesto alternativo compatible dentro de la empresa
- O justificar que estas medidas suponen una carga excesiva
Además, la carga de la prueba recae sobre la empresa, que debe acreditar que ha cumplido con estas obligaciones.
Qué ocurre si la empresa no cumple estos requisitos
En el caso analizado por el Tribunal Supremo, la empresa no logró demostrar que hubiera intentado adaptar el puesto ni recolocar al trabajador en otro compatible.
Como consecuencia, el despido fue calificado como improcedente, reforzando así el criterio de que la extinción del contrato debe ser siempre la última opción.
Influencia del derecho europeo
La sentencia también se alinea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que exige a las empresas realizar ajustes razonables para garantizar la continuidad laboral, especialmente en situaciones relacionadas con discapacidad.
Esto refuerza la interpretación de que no basta con acreditar la ineptitud, sino que es necesario demostrar que se han explorado todas las alternativas posibles antes de extinguir el contrato.
Implicaciones prácticas para empresas
Esta resolución tiene un impacto directo en la gestión laboral de las empresas, que deberán:
- Revisar los procedimientos de despido objetivo
- Documentar adecuadamente los intentos de adaptación o recolocación
- Coordinarse con los servicios de prevención
- Evaluar si existen puestos alternativos disponibles
En definitiva, el despido por ineptitud sobrevenida exige ahora un mayor nivel de justificación y planificación previa.
La importancia del asesoramiento laboral
Ante este tipo de situaciones, contar con asesoramiento especializado es clave para evitar errores que puedan derivar en un despido improcedente.
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