El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que los progenitores de menores con discapacidad pueden beneficiarse de medidas razonables de conciliación en el ámbito laboral, extendiendo la protección contra la discriminación indirecta por motivos de discapacidad. Las empresas deberán adaptar las condiciones de trabajo siempre que no suponga una carga desproporcionada.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia clave que refuerza los derechos laborales de los progenitores de menores con discapacidad. En ella se reconoce que la protección contra la discriminación indirecta por motivos de discapacidad no se limita únicamente a las personas con discapacidad, sino que se extiende también a sus cuidadores, en especial los padres y madres.
Este pronunciamiento responde a un caso ocurrido en Italia, donde una trabajadora solicitó a su empresa un puesto con horario fijo para poder atender a su hijo con una discapacidad grave e invalidez total. Aunque la empresa aceptó de forma provisional ciertas adaptaciones, rechazó su aplicación permanente. Ante esta negativa, la trabajadora llevó el caso ante los tribunales, llegando hasta el Tribunal de Casación italiano, que planteó la cuestión ante el TJUE.
El tribunal europeo ha concluido que denegar de forma injustificada estas adaptaciones puede constituir una discriminación indirecta por asociación, al impedir la conciliación laboral de quienes tienen a su cargo a personas con discapacidad. De acuerdo con la Directiva 2000/78/CE sobre igualdad de trato en el empleo, y en línea con la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, esta protección debe interpretarse de forma extensiva para garantizar una verdadera igualdad de oportunidades.
Asimismo, el TJUE ha recordado que las empresas tienen la obligación de aplicar medidas razonables para permitir que estos trabajadores puedan compaginar el empleo con sus responsabilidades familiares. Eso sí, siempre que no suponga una carga desproporcionada para el empleador, algo que deberá valorarse en cada caso concreto.
Esta sentencia sienta un precedente importante y obliga a revisar políticas internas de conciliación y planes de igualdad en empresas de toda la Unión Europea, reforzando la inclusión y la no discriminación también en contextos indirectos.