En una sentencia de 15 de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluye que el actual artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social sigue dando un trato menos favorable a los hombres que a las mujeres al exigirles requisitos adicionales para acceder al complemento de 35,90 € mensuales por hijo. Luxemburgo considera que la norma constituye discriminación directa por razón de sexo y urge a España a modificarla.

El fallo en tres claves

  1. Situaciones comparables, requisitos distintos
    Para las madres basta acreditar la condición de progenitora; para los padres se exige, entre otros requisitos, haber interrumpido su carrera (por ejemplo, más de 120 días sin cotizar si el hijo nació antes de 1995) o ser pensionista de viudedad. El TJUE subraya que tanto madres como padres pueden sufrir las mismas pérdidas de cotización al cuidar hijos y, por tanto, deben recibir un trato igualitario.

  2. No es una medida de acción positiva válida
    El tribunal recuerda que las acciones positivas (art. 157.4 TFUE) deben eliminar obstáculos durante la carrera laboral de las mujeres, no premiarlas ex post al jubilarse. El complemento no corrige la desigualdad en origen y, además, mantiene un filtro que excluye a muchos padres en idéntica situación.

  3. ¿Qué pasa si el padre lo pide?
    La redacción española solo permite que un progenitor perciba el extra: el que cobre la pensión más baja. Luxemburgo aclara que, si el padre reúne los mismos requisitos que la madre, el derecho europeo no impide transferirle el complemento, aun cuando ello suponga suprimir el ya reconocido a la madre. No obstante, deja a los jueces españoles decidir si, dentro del ordenamiento interno, puede mantenerse lo ya devengado.

¿Qué ocurre ahora?

  1. Seguridad Social deberá revisar los expedientes denegados a padres y ajustar su normativa.

  2. Juzgados y tribunales españoles aplicarán la jurisprudencia europea de forma directa mientras el Parlamento modifica la ley.

  3. En paralelo, se abre el debate sobre financiación: el complemento cuesta hoy unos 1.200 M€ anuales; universalizarlo podría casi duplicar esa cifra, según cálculos sindicales.

Cuánto se cobra

El importe para 2025 es de 35,90 € brutos mensuales por hijo, con un tope de cuatro hijos (máx. 143,60 € al mes, revalorizable). Se añade —no sustituye— a la pensión contributiva de jubilación, incapacidad o viudedad.

 

En resumen, cinco años después de su creación, el complemento para reducir la brecha de género vuelve al tablero legislativo: la UE exige igualdad real de trato entre progenitores y coloca a España ante la tarea de rediseñar, por tercera vez, un suplemento que sigue sin superar el test de no discriminación.

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