Los trabajadores que coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tienen de plazo hasta el 1 de Mayo para modificar la base de cotización y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad. De esta manera pueden aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad laboral.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2015):

Base de cotización €/mes Tipo de Cotización Cuota a pagar €/mes
884,40– mínima en 2015 – 29,90 % * 264,44
953,70mínima para trabajadores de 48  o más a 01-01-2015 29,90 % 285,16
1.000 29,90 % 299
1.202 29,90 % 359,40
1.945,80máxima para trabajadores de 47, 48 años o más 29,90 % 581,79
3.606,00– máxima en 2015 – 29,90 % 1.078,19

* 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

También es importante saber que , en el caso de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2015, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.926,60 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.945,80 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2015.

Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, puede acudir a nuestro despacho o contactar telefónicamente o a través de nuestra web con la máxima antelación posible.

Todas estas modificaciones tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2015.

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