A partir del 1 de enero, y con vigencia hasta el 30 de junio de 2023, se modifica el IVA aplicable a determinados productos de primera necesidad, conforme lo establecido en el RD Ley 20/2022 de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la Isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
- Se aplicarán los siguientes tipos a los siguientes productos:
- 5 por 100 para los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias -el tipo del recargo será el 0,625 por 100-. El tipo puede variar a partir de 1 de mayo de 2023 en función de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo sea inferior al 5,5%.
- 0 por 100 para los siguientes productos (el tipo puede variar a partir de 1 de mayo de 2023 en función de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo sea inferior al 5,5%):
-El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
-Las harinas panificables.
-Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
-Los quesos.
-Los huevos.
-Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el tipo del 5 por 100 para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña. El tipo del recargo de equivalencia aplicable será el 0,625 por 100.
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el tipo del 5 por 100 para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de los titulares de contratos de suministro de electricidad cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW, y de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable.
- Se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 el tipo del 4 por 100 para las entregas importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.
- Se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 el tipo del 0 por 100 para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2, así como a efectos del régimen especial del recargo de equivalencia.
Para cualquier consulta relativa a la aplicación de los nuevos tipos de IVA, puedes dirigirte a nuestras oficinas o ponerte en contacto a través de nuestra web. CONTACTO