Una instrucción del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) confirma que los perceptores de la prestación por desempleo no tendrán que presentar la Declaración de la Renta de 2024 este año. La exigencia, recogida inicialmente en la reforma del subsidio, se pospone dos ejercicios y solo será obligatoria a partir de la campaña de 2026.
El Ejecutivo ha dado marcha atrás y suspende, por ahora, la nueva obligación fiscal que iba a obligar a todos los beneficiarios del paro a rendir cuentas con Hacienda con independencia de sus ingresos. Según la instrucción emitida por el SEPE, la medida se aplaza porque la reforma del subsidio –aprobada en mayo de 2024 pero en vigor desde el 1 de noviembre de ese año– solo afectó a los dos últimos meses del ejercicio 2024, lo que hacía inaplicable exigir la declaración completa.
¿Qué cambia este año?
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Sin obligación específica en 2025: Los perceptores del paro no verán suspendida su prestación ni recibirán sanciones si deciden no presentar la Renta 2024.
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Se mantienen los límites generales del IRPF: Quien supere los 22.000 € de ingresos anuales con un solo pagador (o 15.000 € con dos o más, si uno supera 1.500 €) sigue obligado a declarar, igual que cualquier contribuyente.
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Autónomos e IMV, sin cambios: Los trabajadores por cuenta propia y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital continúan obligados a presentar la declaración en todos los casos.
La obligación se traslada a 2026
El Gobierno conserva la intención de que la declaración sea obligatoria para los perceptores del paro, pero la primera campaña afectada será la de 2026 (rendimientos de 2025). Hasta entonces, la situación queda como estaba: solo declararán quienes rebasen los umbrales ordinarios.
Contexto de la reforma
El Real Decreto-ley de 21 de mayo de 2024 introdujo una nueva arquitectura del subsidio que:
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Eleva progresivamente la cuantía (ahora 480 €) y amplía colectivos beneficiarios.
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Permite compatibilizar prestación y salario durante un periodo inicial.
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Incluía la obligación de presentar IRPF para mejorar el control de rentas y aplicar retenciones ajustadas.
Sin embargo, los diez meses en los que la norma no estuvo vigente en 2024 han llevado al Ejecutivo a posponer la medida para evitar sobrecargar a los beneficiarios con trámites que afectarían a un periodo muy reducido de tiempo.
Qué deben hacer los beneficiarios
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Comprobar ingresos anuales: Si no superan los topes generales, no tienen que presentar la Renta 2024.
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Conservar la documentación: En 2026 sí será obligatorio declarar, por lo que conviene guardar los certificados del SEPE y cualquier otra fuente de ingresos.
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Consultar dudas: El SEPE y la Agencia Tributaria publicarán antes de la próxima campaña las instrucciones actualizadas.
Con esta decisión, el Gobierno busca dar seguridad jurídica a más de dos millones de personas en situación de desempleo y evitar que la falta de información derive en sanciones o suspensión de la prestación. Mientras tanto, los receptores del paro pueden respirar tranquilos: este año presentar la Renta será voluntario, salvo que sus ingresos superen los límites habituales.