Desde marzo de 2024, los trabajadores que donen órganos o tejidos para trasplante cuentan con una baja laboral específica, sin requisitos previos de cotización y con una prestación del 100% desde el primer día. Te explicamos en qué consiste esta nueva medida y cómo se tramita.

La Seguridad Social ha incorporado un nuevo supuesto específico de incapacidad temporal que refuerza la protección de los trabajadores que deciden donar órganos o tejidos. Esta prestación, ya en vigor, reconoce la baja médica de quienes participan en estos procesos altruistas como una situación especial de IT (Incapacidad Temporal), equiparándola a otras bajas médicas, pero con ventajas clave: subsidio del 100% de la base reguladora desde el primer día y sin necesidad de cotización previa.

La medida está regulada en la Ley 6/2023, de 20 de diciembre, publicada en el BOE el 21 de diciembre de 2023, y responde al compromiso del legislador con el reconocimiento social y económico de los donantes vivos, cuyo gesto beneficia directamente la salud o incluso la vida de otras personas.

 

¿Qué cubre esta baja?

Incluye el periodo de preparación médica previa, el ingreso hospitalario y toda la recuperación posterior hasta el alta médica. Esta protección aplica tanto a trabajadores por cuenta ajena como a determinados supuestos de autónomos, y se gestiona a través del INSS, el ISM o las mutuas colaboradoras, dependiendo del régimen de afiliación del trabajador.

 

¿Qué requisitos hay?

Uno de los aspectos más relevantes es que no se exige un mínimo de cotización para acceder a esta baja especial. Se considera una contingencia común con tratamiento reforzado, lo que significa que su tramitación sigue los cauces habituales, pero con condiciones más favorables para el beneficiario.

 

¿Qué implica para empresas y asesorías?

Las empresas deben gestionar esta baja como cualquier otra IT, respetando la cobertura del 100% desde el primer día. Para las asesorías laborales, es fundamental identificar correctamente este supuesto en la documentación y coordinar su tramitación con la Seguridad Social o la mutua correspondiente.

Este avance normativo reconoce y protege el acto altruista de la donación en vida, evitando que los trabajadores sufran un perjuicio económico por asumir este compromiso social. Además, refuerza el marco legal de la incapacidad temporal, ofreciendo mayor claridad y seguridad jurídica tanto para el trabajador como para su empleador.

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