La Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado que deroga la anterior, establece un periodo transitorio de un año para que las entidades de voluntariado integradas o que tengan voluntarios al 16 de octubre de 2015, se ajusten a lo previsto en ella.
Ámbitos de actuación
El voluntariado puede realizarse en los siguientes ámbitos: Social, de cooperación internacional al desarrollo, ambiental, cultural, deportivo, educativo, socio-sanitario, de ocio y tiempo libre, comunitario y de protección civil.
Pueden ser voluntarios los menores a partir de 12 años, con autorización, o de 16 años con el consentimiento, de sus progenitores, tutores o representantes legales.
Relación entre los voluntarios y la entidad de voluntariado
La relación entre el voluntario y la entidad de voluntariado se establecerá siempre a través de la suscripción de un acuerdo de incorporación que constituye el instrumento principal de su definición y regulación que debe formalizarse por escrito y por duplicado, con el siguiente contenido mínimo:
- Conjunto de derechos y deberes de las partes, con respeto a la Ley del Voluntariado.
- La descripción de las funciones, actividades y tiempo de dedicación que se compromete a realizar el voluntario.
- Régimen por el que se regula la intervención de trabajadores asalariados o socios en las actuaciones de voluntariado dentro de la entidad.
- Régimen de gastos reembolsables que han de abonarse a los voluntarios.
- Formación requerida para cumplir las funciones asignadas a los voluntarios y, en su caso, itinerario para obtenerla.
- Duración del compromiso, causas y forma de desvinculación.
- Régimen para dirimir los conflictos entre las partes (arbitral o jurisdiccional).
- Cambio de adscripción al programa de voluntariado o cualquier otra circunstancia que modifique el régimen de actuación inicial.
Además de formalizar el acuerdo de incorporación con los voluntarios, deben suscribir una póliza de seguro u otra garantía financiera para su cobertura, cubrir o reembolsar los gastos causados a estos y expedir a los voluntarios un certificado indicando la duración y las actividades efectuadas en los programas en los que ha participado.