¿Estás pensando en emprender y quieres aprovechar la capitalización del paro? El pago único de la prestación por desempleo permite a los futuros autónomos disponer del importe pendiente para invertirlo en su proyecto. Pero, ¿cuándo se puede pedir y qué requisitos hay que cumplir? Te lo contamos.

El pago único de la prestación por desempleo, también conocido como capitalización del paro, es una medida pensada para fomentar el autoempleo. Permite a las personas desempleadas beneficiarias del paro utilizar, de forma anticipada, parte o la totalidad del importe pendiente de su prestación para invertirlo en su propio negocio o incorporarse a una cooperativa o sociedad laboral.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden pedir el pago único aquellas personas que:

  • Tengan reconocido el derecho a la prestación por desempleo contributiva.
  • No hayan iniciado aún la actividad como autónomos.
  • Vayan a iniciar una actividad como trabajadores por cuenta propia o a integrarse como socios en una cooperativa o sociedad laboral.
  • No hayan recibido esta modalidad en los últimos 4 años.
  • No tengan impugnado el cese de la relación laboral que dio lugar al paro.
  • Se comprometan a iniciar la actividad en un plazo máximo de 1 mes desde la concesión.

¿Cuándo se puede pedir?

El pago único debe solicitarse antes de darse de alta como autónomo o socio de una entidad, y siempre mientras se mantiene la situación legal de desempleo. Si el solicitante ya ha empezado la actividad, pierde el derecho a pedir la capitalización.

 

¿Qué formas de cobro existen?

Existen varias modalidades:

  • Pago en un solo abono del importe necesario para realizar la inversión inicial (hasta el 100% si se trata de incorporación como autónomo).
  • Abono mensual para subvencionar las cuotas a la Seguridad Social como autónomo.
    Combinación de ambas modalidades.

¿Para qué se puede usar?

El dinero debe destinarse a:

  • La inversión necesaria para la puesta en marcha de la actividad.
  • Gastos relacionados con la constitución de la empresa.
  • Pago de tasas o licencias.
  • Compra de equipos, mobiliario o maquinaria, entre otros.

No se admite el uso del importe para cubrir deudas personales ni para gastos ajenos al negocio.

 

¿Qué documentación se necesita?

  • Solicitud oficial del pago único.
  • Memoria del proyecto a desarrollar (plan de empresa).
  • Presupuesto detallado de la inversión.
  • Justificantes de no haber iniciado la actividad.
  • En algunos casos, documentación adicional sobre la cooperativa o sociedad laboral.

¿Y después qué?

Una vez concedido el pago único, el autónomo deberá justificar la inversión realizada en el plazo fijado por el SEPE (normalmente 1 mes desde el ingreso), así como permanecer en activo durante un mínimo de 3 años. En caso contrario, deberá devolver el importe recibido.

 

¿Te ayudamos?

Si estás valorando emprender y quieres aprovechar esta medida, desde nuestra asesoría te ayudamos a preparar la solicitud, justificar el proyecto y tramitar posibles ayudas complementarias. Contacta con nosotros y da el paso con toda la información en orden.

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