Están dirigidas a empresas que quieran abrir nuevos mercados en el exterior o introducción de nuevos productos
Las solicitudes tienen como plazo máximo de presentación hasta 16 de octubre de 2017

Objeto y Beneficiarios

Con arreglo al régimen de concurrencia competitiva, concesión de subvenciones a las PYMES de la Región de Murcia que desarrollen acciones de promoción exterior para la apertura de nuevos mercados o la introducción de nuevos productos, y cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Región de Murcia.

El programa pretende ser impulsor de las estrategias empresariales de carácter internacional que mejoren el posicionamiento estratégico en los mercados exteriores.

Ayuda

Subvención a fondo perdido y su intensidad no excederá del 50% de los costes subvencionables aprobados, con aplicación a los criterios de valoración previstos en el programa.

La subvención máxima por beneficiario y convocatoria no podrá exceder el importe de 50.000 euros.

Ayuda con carácter de mínimos. Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.

Requisitos

a. No haber iniciado el proyecto objeto de la subvención antes de la fecha de presentación de la solicitud.

b. Las acciones contempladas en el proyecto objeto de solicitud deben ir encaminadas a la apertura de nuevos mercados o la introducción de nuevos productos.

c. Para que la participación en ferias o exposiciones internacionales sea subvencionable, ésta no debe haber participado en más de 3 ediciones del mismo evento expositivo.

d. No son proyectos elegibles, lo que impliquen desplazamiento o sustitución de una instalación existente en la Región de Murcia o una disminución de su plantilla en la Región de Murcia, como consecuencia de la implantación en el exterior de la beneficiaria. e. Declaración jurada de otras ayudas con el carácter de mímimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso al de la solicitud al presente programa.

Costes elegibles

Para que la solicitud formulada sea considerada subvencionable, los costes elegibles del proyecto deberán alcanzar un importe mínimo de 3.000 euros.

Se considerarán costes subvencionables, siempre que sean necesarios y estén debidamente justificados en la memoria del proyecto de internacionalización presentado, los siguientes:

  • Gastos de consultoría externa para la elaboración de diagnóstico de posición competitiva de la empresa y su potencial de internacionalización. Coste elegible máximo 3.000 euros. Gastos de consultoría externa para la elaboración de Planes de Marketing Internacional en los mercados de interés seleccionados. Coste elegible máximo 6.000 euros.
  • Prospección individual de la empresa a nuevos mercados objetivo para la realización de agendas de trabajo. Coste elegible máximo 4.000 euros
  • Participación en ferias internacionales y exposiciones internacionales con stand propio. Coste elegible máximo 20.000 euros.
    Acciones promocionales de la empresa fuera de España. Coste elegible máximo 10.000 euros.
  • Acciones de marketing internacional (diseño de material promocional, desarrollo de nuevas herramientas telemáticas, gastos de publicidad en medios extranjeros). Coste elegible máximo 15.000 euros.
  • Gastos de registro de marcas y patentes en los mercados de destino. Coste elegible máximo 3.000 euros.
  • Implantaciones en el exterior de naturaleza comercial o productiva y siempre que no supongan el establecimiento y la explotación de redes de distribución en otros países. Coste elegible máximo 40.000 euros.

Para cualquier información relativa a esta u otras subvenciones tanto de la administración regional, como de otras administraciones, no dudes en ponerte en contacto con nuestra asesoría, donde te ayudaremos a la hora de tramitar la solicitud.

Publicada en BORM nº172 de 27 de julio de 2017

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