La ayuda del Programa de Activación para el Empleo, PAE, ha sido prorrogada hasta el 1 de mayo de 2018 y recientemente se han modificado sus requisitos mediante el Real Decreto-ley 7/2017 (publicado en el BOE el 28 de abril de 2017).

El Programa de Activación para el Empleo (PAE) es una ayuda de 426 euros al mes durante 6 meses, que se puso en marcha en enero de 2015 como último recurso para los desempleados de larga duración con responsabilidades familiares que habían agotado todas las ayudas posibles.

Nuevos requisitos para solicitar el PAE (abril 2017)

Para pedir esta ayuda es necesario cumplir los siguientes requisitos (actualizados según el Real Decreto-Ley 7/2017):

Estar en situación de desempleo, inscrito como demandante a fecha 1 de mayo de 2017. En el Real Decreto-Ley se incluye una disposición transitoria que indica que también podrán incorporarse al programa los que no estando inscritos como demandantes de empleo al 1 de mayo de 2017, lo hubiesen estado a fechas 1 de diciembre de 2014 o 1 de abril de 2016, siempre que cumplan el resto de requisitos.

Ser parado de larga duración. Es decir, haber permanecido inscrito como demandante de empleo al menos durante 270 días dentro de los 18 meses anteriores a la fecha en que se solicite la ayuda.

Tener responsabilidades familiares (tener a su cargo al cónyuge o hijos menores de 26 años o con discapacidad).

No tener derecho a otras ayudas, prestaciones o subsidios por desempleo.

Haber agotado previamente alguna de estas ayudas por desempleo: una prestación contributiva, o un subsidio por desempleo o una de las ayudas extraordinarias, como el PRODI, el Plan Prepara o la Renta Activa de Inserción (RAI) (basta con haber agotado una sola de las anualidades de la RAI). Para solicitar el PAE hay que dejar transcurrir al menos un mes desde el agotamiento de una de estas ayudas (es el mes de espera). Esto no significa que el PAE se tenga que pedir necesariamente dentro del mes siguiente a agotar una ayuda, sino que un mes es el tiempo mínimo que debe transcurrir. Mientras se cumplan el resto de requisitos, se puede pedir el PAE aunque hayan pasado varios meses desde el agotamiento de la última ayuda recibida.

Que el trabajo que dio lugar a recibir la última de las ayudas anteriores fuera por cuenta ajena y que se hubiera perdido por causa involuntaria, por ejemplo, por voluntad de la empresa (despido, fin de contrato,no superación del periodo de prueba, etc). Si desde el agotamiento de la última ayuda recibida se trabajó, que este trabajo se haya cesado de forma involuntaria. Con este requisito se impide solicitar la ayuda a quienes cesado en su último trabajo por una dimisión o baja voluntaria.

Que el solicitante no supere el límite de carencia de rentas. Es decir, que quien vaya a solicitar esta ayuda no tenga ingresos propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en 2017, es decir, 530,78 euros brutos al mes de rentas.

Que la unidad familiar, de media, tampoco supere el límite de carencia de rentas. Habrá que sumar los ingresos de los miembros de la unidad familiar (solicitante, cónyuge, hijos menores de 26 años o con discapacidad) y dividirlos entre el número de miembros de la familia, y el resultado no podrá superar los 530,78 euros brutos al mes.

Suscribir el compromiso de actividad. Según este compromiso de actividad, durante el mes posterior a la solicitud se tendrá que llevar a cabo una Búsqueda Activa de Empleo.

Durante todo el tiempo que se reciba la ayuda, no se podrán rechazar las ofertas de empleo adecuadas y se deberán participar en los cursos de formación y acciones de activación a las que sea llamado.

No estar cobrando un salario social, renta de garantía de ingresos, renta mínima de inserción, o ayudas similares de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Si se recibió alguna de estas ayudas, deben de haber pasado como mínimo un mes desde que se agotó.

Estos requisitos no solo deben cumplirse en el momento de pedir la ayuda, si no durante todo el periodo en el que se recibe. Si se incumplen, implicará perder la ayuda.

Incompatibilidades

Además de los requisitos hay que tener en cuenta que durante el tiempo que se reciba la ayuda hay una serie de incompatibilidades:

No se podrán tener ingresos que hagan que el solicitante o la unidad familiar superen los límites de rentas

No se podrán recibir prestaciones, subsidios por desempleo o la renta agraria

No se podrá recibir una pensión o una prestación de la Seguridad Social que sea incompatible con el trabajo.

Trabajar más de 5 meses, por cuenta propia o ajena

Recibir salarios sociales o ayudas similares de asistencia social.

Cómo se solicita el Programa de Activación para el Empleo

Si se ha agotado recientemente una ayuda o prestación por desempleo (prestación contributiva, subsidios por desempleo, Plan Prepara, o RAI), hay que esperar un mes antes de solicitar el PAE, es el llamado “mes de espera”.

Esta ayuda se solicita en las Oficinas de empleo, siempre pidiendo cita previa, y habrá que presentar la siguiente documentación:

La solicitud en el modelo oficial, que se puede descargar desde la web del SEPE (aún no disponible actualizado) o pedir en la propia oficina de empleo.

Documento de identificación. Tanto de quien pide la ayuda como de los familiares que se indican en la solicitud. No será necesario aportar copia, solo mostrarlos. En el caso de los españoles será necesario el DNI y en el caso de los extranjeros NIE y pasaporte.

Documento bancario donde venga indicada la cuenta donde recibir la ayuda.

Otros justificantes que solicite la oficina de empleo, como puede ser justificantes de las rentas (nóminas, declaraciones de la renta…).

Desde la presentación de la solicitud, hay un plazo de un mes para acreditar que se han realizado al menos tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Esto se hace mediante la presentación del Formulario de declaración de la Búsqueda Activa de Empleo (BAE), donde se indiquen las acciones de búsqueda de empleo realizadas en el mes siguiente a la presentación de la solicitud. Este documento (pdf) se tendrá que presentar en la oficina de empleo en el plazo de 10 días desde que pasa el mes de búsqueda de empleo.

¿Cómo se realiza la Búsqueda Activa de Empleo (BAE)?

Desde que se presenta la solicitud de ayuda, el desempleado tiene un mes para demostrar que la realizado la Búsqueda Activa de Empleo. Se tendrá demostrar que en ese mes se han realizado al menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo, entre las siguientes:

Trabajar por cuenta propia o ajena

Enviar o presentar 3 curriculums, en 3 empresas distintas (se pueden aportar por lo tanto 9 curriculums sellados)

Hacer una entrevista de trabajo

Inscribirse en una agencia de colocación autorizada

Inscribirse como solicitante de empleo en 2 portales de empleo, tanto públicos como privados. Explicamos en un video cómo inscribirse.

Presentarse a una oferta de trabajo de los Servicios Públicos de Empleo o por las agencias de colocación.
Participar en otras acciones formativas, informativas, gestiones de autoempleo o de emprendimiento ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo.

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