En el BOE del 21 de Octubre se ha publicado la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2022 de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Con ello, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.
Se publican tanto:
- Las fiestas de ámbito nacional, retribuidas y no recuperables no sustituibles por las Comunidades Autónomas (CCAA)
- Las fiestas que las Comunidades Autónomas pueden elegir entre celebrar en su territorio o sustituirlas por otras (que por tradición les sean propias).
Dos serán elegidas por cada ayuntamiento.
Ocho serán de carácter obligatorio y no sustituibles por las comunidades autónomas:
- 1 de enero (Año Nuevo),
- 6 de enero (Epifanía del Señor),
- 15 de abril (Viernes Santo),
- 15 de agosto (Asunción de la Virgen),
- 12 de octubre (Fiesta Nacional de España),
- 1 de noviembre (Todos los Santos),
- 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción).
Cuatro días de fiesta de carácter nacional sustituibles que las comunidades pueden elegir como festivos o cambiarlos por otros días de celebración: 14 de abril (Jueves Santo), 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo), 25 de julio (Lunes siguiente de Santiago Apóstol) y 26 de diciembre (lunes siguiente a Navidad).
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